lunes, 8 de febrero de 2010

El Papa concedió indulgencia plenaria por el jubileo de Corrientes

Corrientes, 8 Feb. 10 (AICA) El Año Jubilar Arquidiocesano de Corrientes, que se inició el miércoles 3 de febrero en ocasión del centésimo aniversario de la creación de la diócesis, y que culminará el 21 de noviembre de este año, estará enriquecido por la gracia de la indulgencia, concedida por el Santo Padre a través de la Penitenciaría Apostólica.

Los fieles pudieron obtener esta gracia el mismo 3 de febrero, durante la apertura del Jubileo; y podrán obtenerla también el 2 de octubre y el 21 de noviembre, en el acto central y la clausura, respectivamente.

Asimismo, el Papa concedió indulgencia para el día de la fiesta patronal de cada parroquia o templo (capilla o iglesia), y los domingos en la basílica de Nuestra Señora de Itatí y en los santuarios arquidiocesanos: la Santísima Cruz de los Milagros, Nuestra Señora de la Merced, San Cayetano y San Pantaleón.

El decreto aclara que “la Indulgencia plenaria se concede a los fieles que asistan devotamente a las celebraciones mencionadas, o por lo menos se entreguen a la devota meditación por un conveniente espacio de tiempo, concluyendo con la oración dominical (Padrenuestro), el símbolo de la fe (Credo) y la invocación de la Beata María Virgen (Oración a la Virgen de Itatí)”.

“Los ancianos, los enfermos y todos quienes por causa grave no pueden salir de casa, igualmente podrán ganar la Indulgencia plenaria -dice el decreto-, teniendo detestación de cualquier pecado, y con la intención de cumplir, tan pronto como se pueda, las tres condiciones señaladas, a condición de que se unan espiritualmente a las celebraciones, ofreciendo sus dolores y padecimientos a la misericordia de Dios por las vocaciones sacerdotales y religiosas”.

Se destaca además, que la Indulgencia puede aplicarse a uno mismo y también -a modo de sufragio- a las almas del Purgatorio; no se puede aplicar a personas que aún viven.

Condiciones
Indulgencia plenaria: Para obtener la Indulgencia plenaria se requiere el cumplimiento de las condiciones acostumbradas: confesión sacramental, comunión eucarística y la oración por las intenciones del Sumo Pontífice (Padrenuestro y Avemaría).

Indulgencia parcial: Los fieles cristianos podrán también alcanzar la Indulgencia parcial, incluso varias veces al día, siempre que, al menos con corazón contrito, “se dediquen piadosamente a las obras de misericordia, o de penitencia, o de evangelización propuestas por el arzobispo a lo largo del Año Jubilar”.

La indulgencia es un regalo de amor de Dios hacia nosotros

El arzobispo de Corrientes, monseñor Andrés Stanovnik, explicó que “la indulgencia no es lo mismo que la Confesión, sino algo más. Cuando uno ofende al otro puede restablecer la relación reconociendo el error, pidiendo perdón, pero más allá de esa reconciliación queda la herida, la pena del mal cometido. La culpa se perdona cuando se pide perdón, pero la pena queda, como una disminución en la capacidad de amar y hay que hacer un camino penitencial para recuperarse”.

“La indulgencia -agregó- es ese perdón de Dios que nos ayuda a recuperarnos. Es un regalo del desborde de amor de Dios hacia nosotros, para que amemos como él nos ama”. Por eso subrayó que “vale la pena entonces acogerse a este regalo que el Señor nos hace, y que puede obtenerlo cada uno para sí mismo y también para nuestros familiares y amigos difuntos”.

Para mayor información: (03783) 422436, arzctes@yahoo.com.ar y http://arzcorrientes.com.ar/.



Fuente: AICA

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